23 de agosto de 2024 Mrzhao

Anuncio NHMRC (2023 nº 1)

1. Poliaspartato de potasio

1) Antecedentes. Se solicita el poliaspartato de potasio como nuevo aditivo alimentario. Esta solicitud es para su uso en el vino (categoría de alimentos 15.03.01).

Su uso en el vino como aditivo alimentario está autorizado por la Food and Drug Administration (FDA) de EE.UU., la Comisión Europea (CE) y la Food Standards Agency (FSANZ) de Australia y Nueva Zelanda.

Según los resultados de la evaluación del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), la IDA para esta sustancia es "no especificada".

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como estabilizante y coagulante en el vino (categoría de alimentos 15.03.01) para mejorar la estabilidad del producto. Su especificación de calidad se ajusta a los requisitos pertinentes del anuncio.

2. 8 Preparados enzimáticos

2.1 Aminopeptidasa

1) Antecedentes. La aminopeptidasa procedente de Aspergillus oryzae (Aspergillus oryzae) se solicitó como nueva especie de preparado enzimático para la industria alimentaria. Su uso como preparado enzimático para la industria alimentaria está autorizado por la Autoridad Francesa de Seguridad Alimentaria, la Administración Veterinaria y Alimentaria Danesa y otras.

2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, esta sustancia se utiliza principalmente para catalizar la hidrólisis de aminoácidos en el extremo amino de las proteínas. Su especificación de calidad aplica la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Preparados Enzimáticos para la Industria Alimentaria (GB 1886.174).

2.2 Proteasa

1) Antecedentes. La proteasa de Trichoderma reesei se aplica como una nueva especie de preparado enzimático para la industria alimentaria. La Administración Veterinaria y Alimentaria danesa, la Autoridad Francesa de Seguridad Alimentaria y otras autorizaron su uso como preparado enzimático para la industria alimentaria.

2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, esta sustancia se utiliza principalmente para catalizar la hidrólisis de proteínas. Su especificación de calidad aplica la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Preparados Enzimáticos para la Industria Alimentaria (GB 1886.174).

2.3 Fosfolipasa A2

1) Antecedentes. La fosfolipasa A2 de origen Trichoderma reesei se aplica como una nueva especie de preparación enzimática para la industria alimentaria. La U.S. Food and Drug Administration permite su uso en alimentos.

2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, esta sustancia se utiliza principalmente para catalizar la hidrólisis de fosfolípidos. Su especificación de calidad aplica la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Preparados Enzimáticos para la Industria Alimentaria (GB 1886.174).

2.4 Maltosa amilasa

1) Antecedentes. La maltosa amilasa de la levadura de cerveza (Saccharomyces cerevisiae) se aplica como una nueva especie de preparado enzimático para la industria alimentaria. Las normas alimentarias de Australia y Nueva Zelanda permiten su uso como preparado enzimático para la industria alimentaria.

2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, esta sustancia se utiliza principalmente para catalizar la hidrólisis del almidón. Su especificación de calidad aplica la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Preparados Enzimáticos para la Industria Alimentaria (GB 1886.174).

2,5 Xilanasa

1) Antecedentes. La xilanasa de Bacillus licheniformis se aplica como nueva especie de preparado enzimático para la industria alimentaria. La Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA), la Autoridad Francesa de Seguridad Alimentaria (FSA) y la Administración Danesa de Veterinaria y Alimentación (DVFA), entre otras, han permitido su uso como preparado enzimático para la industria alimentaria.

2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, la sustancia se utiliza principalmente para catalizar la hidrólisis del xilano. Su especificación de calidad se ajusta a la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria, Aditivos Alimentarios, Preparados enzimáticos para la industria alimentaria (GB 1886.174).

2,6 Lactasa (β-galactosidasa)

1) Antecedentes: La lactasa (β-galactosidasa) de Papiliotrema terrestris se aplicó como una nueva especie de preparado enzimático para la industria alimentaria. La Administración Veterinaria y Alimentaria de Dinamarca, la Agencia de Normas Alimentarias de Australia y Nueva Zelanda, y otros organismos han permitido su uso como preparado enzimático para la industria alimentaria.

(2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, esta sustancia se utiliza principalmente para catalizar la hidrólisis de la lactosa y la reacción de transglicosilación. Su especificación de calidad aplica la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Preparados Enzimáticos para la Industria Alimentaria (GB 1886.174).

2,7 Carboxipeptidasa

1) Antecedentes. La carboxipeptidasa de origen Aspergillus oryzae se aplica como una nueva especie de preparado enzimático para la industria alimentaria. Su uso como preparado enzimático para la industria alimentaria está permitido por la Autoridad Francesa de Seguridad Alimentaria, la Administración Veterinaria y Alimentaria Danesa y otras.

2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, esta sustancia se utiliza principalmente para catalizar la hidrólisis de aminoácidos en el extremo carboxilo de las proteínas. Su especificación de calidad se ajusta a la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria Aditivos Alimentarios Preparados Enzimáticos para la Industria Alimentaria (GB 1886.174).

2,8 Deaminasa

1) Antecedentes. La desaminasa de Aspergillus oryzae se aplica como una nueva especie de preparado enzimático para la industria alimentaria. La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. y el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar de Japón permitieron su uso como preparado enzimático para la industria alimentaria.

2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, esta sustancia se utiliza principalmente para catalizar la hidrólisis del nucleótido 5′-adenina (5′-AMP). Su especificación de calidad se ajusta a la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria, Aditivos Alimentarios, Preparados enzimáticos para la industria alimentaria (GB 1886.174).

3. 2-Hexilpiridina

(1) Antecedentes. La 2-hexilpiridina se aplica como una nueva especie de saborizante alimentario. La Sociedad Americana de Fabricantes de Sabores y Extractos Alimenticios, la Organización Internacional de Industrias de Sabores y Fragancias Alimenticias, la Comisión Europea y así sucesivamente permiten que se utilice como saborizante alimentario en todo tipo de alimentos de acuerdo con las necesidades de producción de la cantidad adecuada.

2) Necesidad del proceso. La sustancia se formula en forma de saborizante alimentario y se utiliza en diversos tipos de alimentos ("National Standard for Food Safety? Norma para el uso de aditivos alimentarios

4. Ácido fumárico

1) Antecedentes. El ácido fumárico como regulador de la acidez se ha incluido en la "Norma nacional de seguridad alimentaria para el uso de aditivos alimentarios" (GB 2760), cuyo uso está permitido en categorías de alimentos como la confitería a base de gelatina, la panadería, la pastelería, los zumos de frutas y verduras (jarabes), etc. La presente solicitud tiene por objeto ampliar el ámbito de uso de los productos cárnicos curados (por ejemplo, carne de cerdo salada, tocino, pato, jamón chino y salchichas en conserva) (categoría de alimentos 08.02.02), carne ahumada, quemada o asada (categoría de alimentos 08.03.02), y carne curada (categoría de alimentos 08.03.02). (categoría de alimentos 08.03.02), carne frita (categoría de alimentos 08.03.03), enemas de carne (categoría de alimentos 08.03.05), productos rebozados congelados (categoría de alimentos 09.02.02), productos acuáticos cocidos o fritos (categoría de alimentos 09.04.02), y productos acuáticos ahumados o a la parrilla (categoría de alimentos 09.04.03).

La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU., el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar de Japón y Health Canada permiten su uso en alimentos como regulador de la acidez. Según los resultados de la evaluación del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), la IDA de esta sustancia es "no especificada".

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como regulador de la acidez en las categorías de alimentos mencionadas para regular el pH de los alimentos. Su especificación de calidad se ajusta a la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria Aditivo Alimentario Ácido Fumárico (GB 25546).

5. Acetato sódico (también conocido como acetato de sodio)

1) Antecedentes. El acetato de sodio como regulador de la acidez se ha incluido en la "Norma nacional de seguridad alimentaria para el uso de aditivos alimentarios" (GB 2760), que permite su uso en condimentos compuestos y alimentos inflados categorías de alimentos, y esta aplicación amplía el ámbito de uso de los productos cárnicos curados y en conserva (como carne salada, carne en conserva, pato, jamón chino, salchichas en conserva) (categoría de alimentos 08.02.02).02.02), la carne ahumada, quemada y asada (categoría de alimentos 08.03.02), la carne frita (categoría de alimentos 08.03.02), y la carne frita (categoría de alimentos 08.03.03), que se utiliza en la categoría de alimentos 08.03.02). .02), carnes fritas (categoría de alimentos 08.03.03), enemas de carne (categoría de alimentos 08.03.05), productos congelados colgados (categoría de alimentos 09.02.02), productos acuáticos cocidos o fritos (categoría de alimentos 09.04.02), y productos acuáticos ahumados o a la parrilla (categoría de alimentos 09.04.03).

La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU., el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar de Japón y Health Canada permiten su uso en alimentos como regulador de la acidez. Según los resultados de la evaluación del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), la IDA de esta sustancia es "no especificada".

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como regulador de la acidez en las categorías de alimentos mencionadas para regular el pH de los alimentos. Su especificación de calidad se ajusta a la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria, Aditivos Alimentarios, Acetato de Sodio (GB 30603).

6. Ciclohexilaminosulfonato de sodio (también conocido como edulcorante)

1) Antecedentes. El ciclohexil aminosulfonato sódico (también conocido como edulcorante) como edulcorante se ha incluido en la "Norma Nacional de Seguridad Alimentaria, Norma para el Uso de Aditivos Alimentarios" (GB 2760), y se permite su uso en bebidas congeladas, mermeladas, panes, bollería, bebidas, gelatinas y otras categorías de alimentos.

Esta solicitud amplía el ámbito de uso de los rellenos y pastas de panadería (sólo rellenos de panadería) (categoría de alimentos 07.04) y los alimentos inflados (categoría de alimentos 16.06).

La Comisión del Codex Alimentarius permite su uso como edulcorante en productos de panadería. La IDA de esta sustancia es de 0-11 mg/kg de peso corporal, según la evaluación del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA).

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como edulcorante en rellenos de alimentos horneados y superficies con pasta colgante (sólo rellenos de alimentos horneados) (categoría de alimentos 07.04) y alimentos inflados (categoría de alimentos 16.06) para impartir dulzor a los alimentos. Sus especificaciones de calidad aplican la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Ciclohexil Aminosulfonato de Sodio (también conocido como edulcorante) (GB 1886.37).

7. 7. Vitamina E

1) Antecedentes. La vitamina E como antioxidante se ha incluido en la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria, Norma para el Uso de Aditivos Alimentarios (GB 2760), y se permite su uso en productos de fideos fritos, productos convenientes de arroz y fideos, condimentos compuestos, alimentos inflados y otras categorías de alimentos.

Esta solicitud amplía el ámbito de uso para rebozados (por ejemplo, rebozados de arrastre para pescado y aves), polvos para empanar y polvos para freír (categoría alimentaria 06.03.02.04). La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. y el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar de Japón, entre otros, permiten su uso como antioxidante en los alimentos. Según los resultados de la evaluación del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), la IDA de esta sustancia es de 0,15-2 mg/kg de peso corporal.

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como antioxidante en rebozados (por ejemplo, rebozados de arrastre para pescado y aves de corral), polvos para empanar, polvos para freír (categoría de alimentos 06.03.02.04) para ralentizar la decoloración oxidativa de los alimentos. Sus especificaciones de calidad se ajustan a la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Vitamina E (GB 1886.233).

8.Ayudas a la transformación

8.1 Polidimetilsiloxano y sus emulsiones

1) Antecedentes. El polidimetilsiloxano y su emulsión como auxiliares tecnológicos para la industria alimentaria se han incluido en la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria, Norma para el Uso de Aditivos Alimentarios (GB 2760), que permite su uso en la elaboración de productos cárnicos, cerveza, productos de panadería, bebidas, patatas fritas, etc.

Esta aplicación amplía el ámbito de uso del proceso de recubrimiento entérico con colágeno. Según los resultados de la evaluación del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), la IDA para esta sustancia es de 0-1,5 mg/kg de peso corporal.

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como auxiliar de procesamiento para la industria alimentaria en el proceso de recubrimiento entérico de colágeno para eliminar la espuma generada durante el procesamiento del recubrimiento entérico de colágeno. Su especificación de calidad se implementa en la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria Aditivos Alimentarios Polidimetilsiloxano y su Emulsión (GB 30612).

8,2 Estearato de magnesio

1) Antecedentes. El estearato de magnesio como emulsionante y antiaglomerante ha sido incluido en la Norma Nacional para el Uso de Aditivos Alimentarios de Seguridad Alimentaria (GB 2760), y se permite su uso en las categorías de alimentos de frutas frías confitadas, productos de cacao, chocolate y productos de chocolate y caramelos.

Esta solicitud se refiere a su uso como auxiliar de elaboración para la industria alimentaria en el proceso de prensado de comprimidos efervescentes. La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU., la Agencia de Normas Alimentarias de Australia y Nueva Zelanda, entre otras, permiten su uso en alimentos como auxiliar de elaboración para la industria alimentaria.

Según los resultados de la evaluación del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), la IDA para esta sustancia es "no especificada".

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como ayuda de procesamiento para la industria alimentaria en el proceso de prensado de comprimidos efervescentes, que puede reducir la fricción entre el material y la superficie del molde en el proceso de prensado de comprimidos efervescentes, para que la superficie de los comprimidos sea lisa y evitar la aparición de lóbulos. Sus especificaciones de calidad aplican la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria del Aditivo Alimentario Estearato de Magnesio (GB 1886.91).

Anuncio de la Comisión Nacional de Salud y Bienestar (nº 3 de 2023)

1. L-seleno-metilselenocisteína

(1) Antecedentes. La L-selenio-metil selenocisteína como nutriente alimentario enriquecido ha sido incluida en la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria, Norma para el Uso del Enriquecimiento de Nutrientes Alimentarios (GB 14880), cuyo uso está permitido en las categorías de alimentos de leche en polvo preparada (excepto leche en polvo para niños) y leche en polvo preparada (leche en polvo sólo para niños), arroz y productos derivados, harina de trigo y productos derivados, etc.

La L-selenio-metil selenocisteína de esta solicitud es un nuevo proceso de producción, y su ámbito de uso y dosis son coherentes con el selenio aprobado en GB?14880.

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como fortificante de nutrientes alimentarios en leche en polvo preparada (excepto leche en polvo para niños) y leche en polvo preparada (leche en polvo sólo para niños) (categoría de alimentos 01.03.02), arroz y sus productos (categoría de alimentos 06.02), harina de trigo y sus productos (categoría de alimentos 06.03), harina de cereales diversos y sus productos (categoría de alimentos 06.04), pan (categoría de alimentos 07.01), galletas ( Categoría de alimentos 07.03), bebidas que contienen leche (categoría de alimentos 14.03.01), alimentos enriquecidos con selenio. Sus especificaciones de calidad se ajustan a los requisitos pertinentes del anuncio.

2. D-Alloxan-3-diferencial isomerasa

1) Antecedentes. La D-alloxan-3-diferencial isomerasa de Bacillus subtilis (Bacillus subtilis) se aplicó como una nueva especie de preparación enzimática para la industria alimentaria. La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. y otros organismos han autorizado su uso como preparado enzimático para la industria alimentaria.

2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, la sustancia se utiliza principalmente para catalizar la producción de D-fructosa a D-aloflavosa. Su especificación de calidad aplica la Norma Nacional de Preparados Enzimáticos de Aditivos Alimentarios para la Industria Alimentaria (GB?1886.174).

3. Palmitato de ascorbilo (método enzimático)

1) Antecedentes. En el Anuncio n.º 9 de 2016 se aprobó el uso del palmitato de ascorbilo (enzimático) como antioxidante en la categoría de alimentos de grasas, aceites y productos grasos emulsionados. Esta solicitud amplía el ámbito de uso: como antioxidante para productos precocinados de arroz y fideos (categoría alimentaria 06.07); y como fortificante alimentario, una fuente compuesta de vitamina C. El ámbito de uso y la dosis son coherentes con los aprobados para la vitamina C en GB?14880.

El Ministerio de Sanidad, Trabajo y Bienestar de Japón y el Ministerio de Seguridad Alimentaria y Farmacéutica de Corea, entre otros, permiten su uso como antioxidante en productos convenientes de arroz y fideos, y la Comisión Europea, el Ministerio de Sanidad, Trabajo y Bienestar de Japón y la Agencia de Normas Alimentarias de Australia y Nueva Zelanda permiten su uso en categorías de alimentos como la leche en polvo preparada y las bebidas.

Según los resultados de la evaluación del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), la IDA para esta sustancia es de 0-1,25 mg/kg de peso corporal.

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como antioxidante en productos precocinados de arroz y fideos (categoría de alimentos 06.07) para retardar la oxidación de los productos precocinados de arroz y fideos.

La sustancia se utiliza como fortificante de nutrientes alimentarios, fuente compuesta de vitamina C, enriqueciendo los alimentos con vitamina C.

Sus especificaciones de calidad se aplican en el Anuncio n.º 9 de 2016 de la Comisión Nacional de Salud y Sanidad (antigua Comisión Nacional de Salud y Planificación Familiar).

4 Fortificantes nutricionales

4.1 Vitamina B1

1) Antecedentes. La vitamina B1 como fortificante nutricional de los alimentos ha sido incluida en la "Norma Nacional de Seguridad Alimentaria? Standard for the Use of Food Nutritional Fortifiers" (GB 14880), y se permite su uso en categorías de alimentos como leche en polvo preparada (leche en polvo sólo para uso infantil y de maternidad), soja en polvo, leche de soja en polvo, leche de soja, productos de confitería a base de gelatina, arroz y sus productos, harina de trigo y sus productos, etc. Esta solicitud amplía el ámbito de aplicación para su uso en bebidas con fines especiales (incluidas bebidas para deportistas, bebidas ricas en nutrientes, etc.) (categoría de alimentos 14.04.02.01).

La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU., la Comisión Europea, el Ministerio de Sanidad, Trabajo y Bienestar de Japón y la Agencia de Normas Alimentarias de Australia y Nueva Zelanda permiten su uso en alimentos.

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como fortificante de nutrientes alimentarios en bebidas para fines especiales (incluidas bebidas para deportistas, bebidas nutritivas, etc.) (categoría de alimentos 14.04.02.01) para fortificar el contenido de vitamina B1 en los alimentos. Su especificación de calidad se ajusta a la Norma Nacional de Aditivos Alimentarios de Seguridad Alimentaria Vitamina B1 (Clorhidrato de Tiamina) (GB 14751).

4.2 Vitamina B2

1) Antecedentes. La vitamina B2 como fortificante nutricional alimentario se ha incluido en la "Norma Nacional de Seguridad Alimentaria? Standard for the Use of Food Nutritional Fortifiers" (GB 14880), y se permite su uso en categorías de alimentos como leche en polvo preparada (leche en polvo sólo para uso infantil y de maternidad), harina de soja, leche en polvo de soja, leche de soja, productos de confitería a base de gelatina, arroz y sus productos, harina de trigo y sus productos, etc. Esta aplicación amplía su uso para bebidas con fines especiales (incluidas las bebidas para deportistas, las bebidas nutritivas, etc.) (categoría de alimentos 14.04.02.01).

La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU., la Comisión Europea, el Ministerio de Sanidad, Trabajo y Bienestar de Japón y la Agencia de Normas Alimentarias de Australia y Nueva Zelanda permiten su uso en alimentos.

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como fortificante de nutrientes alimentarios en bebidas para fines especiales (incluidas bebidas deportivas, bebidas nutritivas, etc.) (categoría de alimentos 14.04.02.01) para fortificar el contenido de vitamina B2 en los alimentos. Su especificación de calidad se ajusta a la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria Aditivos Alimentarios Vitamina B2 (Riboflavina) (GB 14752).

4,3 Taurina

1) Antecedentes. La taurina como fortificante de nutrientes alimentarios se ha incluido en la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria para el Uso de Fortificantes de Nutrientes Alimentarios (GB14880), y se permite su uso en categorías de alimentos como bebidas para fines especiales, etc. El nivel máximo de uso de esta aplicación en bebidas para fines especiales (incluidas bebidas deportivas, bebidas nutritivas, etc.) (categoría alimentaria 14.04.02.01) se ha ampliado de 0,5 g/kg a 0,6 g/kg.

La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU., el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar de Japón y la Agencia de Normas Alimentarias de Australia y Nueva Zelanda permiten su uso en categorías de alimentos como las bebidas aromatizadas.

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como fortificante de nutrientes alimentarios en bebidas para fines especiales (incluidas bebidas deportivas, bebidas nutritivas, etc.) (categoría alimentaria 14.04.02.01) para fortificar el contenido de taurina en productos alimentarios. Su especificación de calidad aplica la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Taurina (GB14759).

Anuncio de la Comisión Nacional de Salud y Bienestar (2023 nº 5)

1. Preparados enzimáticos

1.1 β-amilasa

1) Antecedentes. Se solicitó la β-amilasa de Bacillus flexus (Bacillusflexus) como nueva variedad de preparado enzimático para la industria alimentaria. El Ministerio de Sanidad, Trabajo y Bienestar de Japón, la Autoridad de Seguridad Alimentaria de Francia y la Administración Veterinaria y Alimentaria de Dinamarca han permitido su uso como preparado enzimático para la industria alimentaria.

2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, esta sustancia se utiliza principalmente para catalizar la hidrólisis del almidón. Sus especificaciones de calidad aplican la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Preparados Enzimáticos para la Industria Alimentaria (GB1886.174).

1.2 Lisofosfolipasa

1) Antecedentes. La lisofosfolipasa procedente de Aspergillus plumosus (Trichoderma?reesei) se aplica como una nueva especie de preparado enzimático para la industria alimentaria. La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU., la Autoridad Francesa de Seguridad Alimentaria y la Agencia de Normas Alimentarias de Australia y Nueva Zelanda, entre otras, permiten su uso como preparado enzimático para la industria alimentaria.

2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, la sustancia se utiliza principalmente para catalizar la hidrólisis de lisofosfolípidos. Su especificación de calidad aplica la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Preparados Enzimáticos para la Industria Alimentaria (GB1886.174).

2. Ácido sulfúrico

1) Antecedentes. El ácido sulfúrico como coadyuvante en el procesado de la industria alimentaria se ha incluido en la "Norma Nacional de Aditivos Alimentarios de Seguridad Alimentaria" (GB 2760), lo que permite su uso en cerveza, almidón, productos lácteos y otras técnicas de procesado. Esta aplicación amplía el ámbito de uso para el procesado de aceites y grasas. La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. y el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar de Japón permiten su uso en alimentos.

(2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como auxiliar de procesamiento para la industria alimentaria en el proceso de elaboración de aceite y grasa para neutralizar el aceite y la grasa y eliminar los subproductos del procesamiento. Sus especificaciones de calidad aplican la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Ácido Sulfúrico (GB29205).

Anuncio de la Comisión Nacional de Sanidad (nº 8 de 2023)

1. Proteasa de serina

1) Antecedentes. La serina proteasa de origen Bacillus licheniformis (Bacillus licheniformis) se aplicó como una nueva especie de preparación enzimática para la industria alimentaria.

La Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA), la Autoridad Francesa de Seguridad Alimentaria (FSA), la Administración Danesa de Veterinaria y Alimentación (DVFA) y la Agencia de Normas Alimentarias de Australia y Nueva Zelanda (FSANZ), entre otras, han permitido el uso de la serina proteasa como enzima para la industria alimentaria.

2) Necesidad del proceso. Como preparado enzimático para la industria alimentaria, la sustancia se utiliza principalmente para catalizar la hidrólisis de la proteína de cuajada pancreática. Su especificación de calidad aplica la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Preparados Enzimáticos para la Industria Alimentaria (GB1886.174).

2. Lactato de magnesio

1) Antecedentes. El magnesio como fortificante de nutrientes alimentarios ha sido incluido en la "Norma Nacional de Seguridad Alimentaria, Norma para el Uso del Fortificante de Nutrientes Alimentarios" (GB14880), cuyo uso está permitido en categorías de alimentos como la leche en polvo preparada, las bebidas (excepto las variedades incluidas en 14.01 y 14.06) y las bebidas sólidas.

El lactato de magnesio de esta solicitud es una fuente compuesta de magnesio, y su ámbito de uso y dosificación son coherentes con el magnesio aprobado en GB14880. La Comisión Internacional del Codex Alimentarius, la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU., la Comisión Europea y otros organismos permiten su uso en categorías de alimentos como los preparados para lactantes.

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como fortificante nutricional alimentario para leche en polvo preparada (categoría de alimentos 01.03.02), bebidas (excepto las variedades incluidas en 14.01 y 14.06) (categoría de alimentos 14.0) y bebidas sólidas (categoría de alimentos 14.06) para enriquecer el contenido de magnesio en los alimentos. Las especificaciones de calidad se ajustan a los requisitos pertinentes del anuncio.

3. Lactosa a base de 2′-fucosa

1) Posología y ámbito de aplicación

2) Antecedentes. La lactosa a base de 2′-fucosa se aplica como una nueva especie de fortificante alimentario. La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU., la Comisión Europea y la Agencia de Normas Alimentarias de Australia y Nueva Zelanda, entre otras, permiten el uso de lactosa a base de 2′-fucosa en categorías de alimentos como los preparados para lactantes.

3) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como fortificante alimentario y es uno de los principales oligosacáridos de la leche materna. Su especificación de calidad se ajusta a los requisitos pertinentes del anuncio.

4. Lactosa-N-Neotetrasacárido

1) Posología y ámbito de aplicación

2) Antecedentes. La lactulosa-N-neotetrasacárido se aplica como una nueva especie de agente de fortificación de alimentos. La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU., la Comisión Europea, la Agencia de Normas Alimentarias de Australia y Nueva Zelanda, etc. permiten el uso de lactulosa-N-neotetrasacárido en categorías de alimentos como los preparados para lactantes.

3) Necesidad del proceso. La sustancia, como fortificante nutricional alimentario, es un oligosacárido importante en la leche materna. Sus especificaciones de calidad se ajustan a los requisitos pertinentes del anuncio.

5. Lactato de calcio

1) Antecedentes. El lactato de calcio como regulador de la acidez, antioxidante, emulsionante, estabilizador y coagulante, agente espesante ha sido incluido en la "Norma Nacional de Seguridad Alimentaria para el Uso de Aditivos Alimentarios" (GB2760), y se permite su uso en frutas procesadas, confitería, bebidas sólidas, alimentos inflados, y otras categorías de alimentos, y la aplicación actual amplía el uso del ámbito de aplicación para las verduras en escabeche (categoría de alimentos 04.02.02.03), verduras en conserva ( Categoría de Alimentos 04.02.02.04).

La Comisión Internacional del Codex Alimentarius, la U.S. Food and Drug Administration y la Comisión Europea permiten su uso como espesante y regulador de la acidez en verduras procesadas y conservas vegetales. Según los resultados de la evaluación del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), la IDA de esta sustancia es "no especificada".

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como estabilizador y coagulante, regulador de la acidez en verduras encurtidas (categoría alimentaria 04.02.02.03), verduras enlatadas (categoría alimentaria 04.02.02.04) para mejorar la estabilidad del producto. Sus especificaciones de calidad aplican la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria para Aditivos Alimentarios Lactato de Calcio (GB1886.21).

6. Goma sansan

1) Antecedentes. La Notificación nº 4 de 2020 de la NHSC aprueba la nueva especie de aditivo alimentario de la goma Sansan como espesante, estabilizador y coagulante para las categorías alimentarias de enemas de carne, bebidas de zumos (pulpas) de frutas y verduras y bebidas de proteínas vegetales.

Esta solicitud amplía el ámbito de uso de la leche preparada (categoría alimentaria 01.01.03), las bebidas proteicas complejas (categoría alimentaria 14.03.03) y las bebidas aromatizadas (categoría alimentaria 14.08).

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como espesante, estabilizador y coagulante en la leche preparada (categoría de alimentos 01.01.03), bebidas de proteínas complejas (categoría de alimentos 14.03.03) y bebidas aromatizadas (categoría de alimentos 14.08) para mejorar la estabilidad del producto. Sus especificaciones de calidad se aplican en el Boletín NHMRC nº 4 de 2020.

Anuncio NHSC (2023 nº 10)

1. Taninos comestibles

1) Antecedentes. El tanino comestible como auxiliar de elaboración para la industria alimentaria se ha incluido en la Norma Nacional para el Uso de Aditivos Alimentarios en la Seguridad Alimentaria (GB2760), y se permite su uso en la elaboración de vino amarillo, cerveza, vino y vino preparado, y en el proceso de decoloración de grasas y aceites. Esta solicitud amplía el ámbito de uso para el proceso de fabricación de azúcar. El Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar de Japón permite su uso como coadyuvante en el procesado de todo tipo de alimentos.

(2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como auxiliar de elaboración para la industria alimentaria en el proceso de fabricación de azúcar para mejorar el efecto de clarificación. Sus especificaciones de calidad aplican la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria de Aditivos Alimentarios Taninos Comestibles (GB1886.303).

2. Acetato de etilo

1) Antecedentes. El acetato de etilo como auxiliar de procesado para la industria alimentaria se ha incluido en la "Norma Nacional para el Uso de Aditivos Alimentarios de Seguridad Alimentaria" (GB2760), que permite su uso en el procesado de vino preparado y extractos de levadura. Esta aplicación amplía el ámbito de uso para la elaboración de extractos de té. La Comisión Europea, Australia y la Agencia de Normas Alimentarias de Nueva Zelanda permiten su uso como disolvente de extracción para diversos tipos de alimentos. Según los resultados de la evaluación del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), la Ingesta Diaria Admisible (IDA) para esta sustancia es de 0-25mg/kgbw.

2) Necesidad del proceso. La sustancia se utiliza como auxiliar de elaboración para la industria alimentaria en el procesamiento de extractos de té para la extracción de polifenoles de té y teanina. Su especificación de calidad aplica la Norma Nacional de Seguridad Alimentaria para Aditivos Alimentarios Acetato de Etilo (GB 1886.190).

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